Banco Popular condenado a devolver más de 2 millones de euros

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    La sección décima de la Audiencia Provincial de Madrid, en fecha 5 de diciembre de 2017, ha dictado sentencia contra Banco Popular.

    En ella, estima el recurso planteado por dos clientes de Popular Banca Privada, y condena a al banco a devolver 2 millones cien mil euros en concepto de daños y perjuicios sufridos en tres contratos financieros atípicos firmados con la entidad.

    Además, también confirma la misma sentencia de primera instancia la nulidad de los bonos subordinados adquiridos en 2009 por importe de 220.000€.

    En total unos 2 millones trescientos veinte mil euros tendrá que devolver la banca privada del Banco Popular.

    Según sentencia, la información dada a los clientes no fue la correcta y más cuando se les ofreció un producto no adecuado a su perfil, y que el propio banco denominó como depósito en la información fiscal remitida haciendo ver que el capital no sufría variación alguna. Por todo ello, pese a estar la acción de anulabilidad caducada, se concede la indemnización de daños y perjuicios, con el objetivo de resarcir a dichos clientes.

    El despacho Ortega y García Abogados, representante de los afectados, comenta que “es una sentencia importante. Desde ahora, cualquier afectado por contratos financieros atípicos o bonos estructurados cuyo contrato finalizó hace más de 4 años, va a poder reclamar, al reconocer la Audiencia Provincial de Madrid, la pertenencia de la indemnización de daños y perjuicios”.

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